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Tuenti se convierte en operador móvil

Como pasó en el nacimiento de la red social la forma escogida para estrenar su servicio de telefonía móvil ha sido el de la invitación. Unos cientos de usuarios cuentan con tarjeta SIM para introducirlo en un terminal y comenzar a usar el servicio. A su vez, estos serán los primeros en disponer de invitaciones para otros miembros de la red social.

Estar en Tuenti es requisito para adquirir una tarjeta que, aunque asociada a un número, cuando el usuario tenga un recado en el buzón de voz, no verá el nombre del remitente, sino su perfil de usuario. Al entrar en Tuenti podrá saber tanto si tiene mensajes escritos como de audio.

Sean Kane, vicepresidente de desarrollo móvil, celebra el estreno: «No nos vemos como una operadora más. Nos hemos propuesto enfocarnos al consumidor dejando atrás las rutinas establecidas en el mercado actual. Es más, aspiramos ser un movimiento que refuerce tus relaciones sociales con un servicio innovador, transparente y asequible».

Una de las características más interesantes del operador, que solo funciona por el método de prepago y por ahora no comercializa ningún móvil, es que incluye gratis el chat de Tuenti.

El servicio es compatible tanto con los teléfonos GSM como con Blackberry. Al traer de serie la conexión a Internet es aconsejable su uso en terminales de última generación. El precio de las llamadas es de 4 céntimos minuto entre usuarios de Tuenti y 8 céntimos con el resto.

Además, se pueden contratar planes por semana, quincena o mes. Por 3 euros se puede hablar 7 días durante 250 minutos, enviar 250 SMS y navegar con 50 megas. La tarifa quincenal ofrece el doble de SMS, voz y datos por 4,5 megas. Para hablar mil minutos, enviar mil mensajes y disponer de 200 megas de datos durante un mes hay que pagar 9 euros.

 

Más información: ElPaís.com

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En 2011 se venderán cerca de 55 millones de tabletas

Uno de cada diez ordenadores personales que se vendan en el mundo en 2014 serán ordenadores planos o tabletas, según la firma Gartner, que cree que la irrupción del iPad y otros dispositivos similares ha empezado a afectar al, hasta ahora, imparable crecimiento en la venta de PC. Gartner calcula que este año se venderán en el mundo un total de 19,5 millones de tabletas y que esa cifra prácticamente se triplicará en 2011, hasta alcanzar los 54,8 millones de unidades, lo que irremediablemente afectará a la venta de ordenadores convencionales.

Esta firma de análisis estadounidense ha publicado sus previsiones de venta de ordenadores en todo el mundo para este año y un futuro próximo. Según sus cálculos, en 2010 se podrían vender unos 352,4 millones de ordenadores personales, lo que supondría un incremento del 14,3% con respecto a 2009, aunque es una cifra inferior a lo que había previsto el mes pasado, cuando calculó un avance del 17,9%. Para 2011, prevé que las ventas de ordenadores personales aumenten el 15,9%, frente al 18,1% calculado con anterioridad, y alcancen los 409 millones de unidades.

Esta ralentización en el ritmo de aumento de las ventas de PC responde, según explicó el director de investigación de Gartner, Ranjit Atwal, en un comunicado, a un previsible debilitamiento de la demanda «debido en gran parte al creciente interés en dispositivos como el iPad».

 

Más información: ElPaís.com

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Disminuye la preferencia de los consumidores por las marcas blancas

El 43,2% de los españoles prefiere los productos de marca blanca porque son más baratos aunque sean menos innovadores, frente al 49,5% que opinaban lo mismo hace un año, según un estudio realizado a 10.000 personas entre los meses de septiembre y octubre por TNS Kantar para el Gran Premio a la Innovación. La preferencia por la marca del establecimiento es mayor en la franja de edad entre 25 y 34 años (46,7%).

A pesar de esto, el 31,6% de la población se muestra dispuesta a pagar más por un producto de marca de fabricante que por otro de marca blanca, dato que aumenta hasta 35,8% entre los responsables de la compra del hogar.

La disminución de la preferencia por la marca blanca va acompañada también de un descenso en la percepción de la calidad de estos productos. Si el pasado año el 53,1% de los encuestados consideraban que la calidad de los productos de marca blanca era similar a los productos de marca de fabricante, este año este porcentaje ha disminuido hasta el 50,9%. Los habitantes del área metropolitana de Barcelona son los que peor valoran las marcas del establecimiento, ya que sólo el 44,6% considera similar la calidad de ambos tipos de producto.

Este cambio de tendencia también se ve reflejado a la hora efectiva de la compra. Así como el año pasado el 60,4% afirmaba comprar más productos según el precio, este año el porcentaje ha descendido hasta el 56,3%. El grupo de edad que más se fija en los precios es el comprendido entre los 25 y 34 años. (59,5%).

 

Más información: MarketingNews.es

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Los españoles prefieren la publicidad relacionada con la experiencia con el producto y la marca

El consumidor español percibe que la cantidad de publicidad ha aumentado, siendo el país europeo con la mayor percepción de incremento. Sin embargo, tiene una actitud bastante dividida ante el incremento de la publicidad, repartiéndose entre un 46% que opina que el incremento en el uso de varios medios es positivo ya que le permite acceder a información sobre productos y servicios de interés y un 45% que lo ve negativamente ya que les incita a consumir productos o servicios que no necesitan. Igualmente encontramos que un 29% de entrevistados reconoce dedicar tiempo a hablar sobre publicidad con amigos o conocidos, y otro 29% dice no hacerlo.

El estudio Puntos de contacto de las Marcas con los Consumidores, coordinado por TNS España en 7 países europeos, analiza 33 puntos de contacto publicitarios en base a diferentes dimensiones. La publicidad relacionada con la experiencia de producto o marca (muestras, publicidad en tienda etc.) es la más aceptada por el español de acuerdo a 3 dimensiones clave como son la molestia, la confianza y la utilidad. Igualmente se valora positivamente la publicidad cercana a los intereses propios, ya sean personales, culturales o deportivos, ya que sobre todo se valoran como «de confianza» y «poco molestos». Destaca también la importancia que se concede a la recomendación de amigos y conocidos, sobre todo en términos de utilidad. A pesar del auge de la recomendación en Internet, la recomendación personal offline está mejor considerada.

MOLESTIA

Analizados en función de la molestia que producen, los canales publicitarios mejor valorados (por producir menor molestia) son aquellos relacionados con la experiencia de producto o marca como las tiendas o muestras de producto, los del medio exterior (vallas y autobuses) y aquellos relacionados con los intereses personales de la gente (como los patrocinios). En el lado contrario encontramos al marketing telefónico, el touchpoint (punto de contacto) más penalizado en términos de molestia, con un 40% de los entrevistados declarando que le resulta molesto. Le siguen, aunque con porcentajes algo inferiores, los pop-up en Internet, la TV y el marketing directo a través de SMS y e-mails.

CONFIANZA

El consumidor confía más en aquella publicidad cercana a la experiencia de la marca y el producto como las muestras de producto. Valora positivamente la recomendación, pero prioriza las recomendaciones de amigos realizadas offline por encima de las online.
En el lado contrario se encuentra la publicidad generadora de poca confianza relacionada principalmente con el teléfono como el marketing telefónico, los SMS y MMS, e Internet, con los pop-ups y banners.

 

Más información: Puromarketing

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Jaque al canon

El canon digital es una de las medidas más impopulares y discutidas de la producción legislativa de los últimos años. No es de extrañar que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de octubre de 2010 haya tenido un gran impacto mediático. Muchos se han apresurado a celebrar la supresión del canon mientras que otros lamentan la desprotección de la propiedad intelectual en el ámbito digital. Pero un análisis sereno desde el punto de vista jurídico permite concluir que el Tribunal ni suprime el canon ni proclama el fin del copyright. Lo que hace es poner límites a uno y otro. El Tribunal confirma la legalidad del canon digital, pero no admite la naturaleza indiscriminada que contempla la ley española. Es decir, que no ilegaliza el instrumento sino una forma de utilizarlo que vulnera el Derecho. Concretamente el Derecho de la UE no permite cobrar el canon de copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada. Se trata así de una sentencia equilibrada, que aunque no satisface plenamente a nadie, contenta algo a todos y sobre todo, clarifica un tema complicado como el del futuro del derecho a la propiedad intelectual en el entorno digital.

En torno al canon se forjaron las primeras movilizaciones de la blogosfera y comenzó el declive de las otras influyentes y respetadas entidades de gestión. Hasta Rajoy metió la cuchara en lo que parecía un sabroso caladero de votos en las elecciones de 2008. Dos sectores convergentes, el de los contenidos digitales y el de la industria del hardware y los soportes se vieron abocados a lucha, en lugar de a la cooperación. Todos buscaban reglas del juego razonables, olvidando que el derecho es lo que dicen los jueces.

Es sabido que el derecho de autor en el entorno digital y la implantación de la sociedad de la información han supuesto una revolución en el derecho de propiedad intelectual que han obligado a adaptarse a todos los agentes del mercado (consumidores, autores, proveedores de acceso a redes, fabricantes de dispositivos informáticos, etc.). En el mundo analógico tradicionalmente la copia privada no causaba un grave perjuicio para los intereses económicos del autor pero lo cierto es que de Internet y de las tecnologías digitales ha surgido una realidad completamente nueva en la Historia: la posibilidad de realizar copias idénticas de la obra original y distribuirlas masivamente sin apenas coste económico. Ante este escenario es lógico que los titulares de derechos de autor se muestren disconformes ante las posibilidades ilimitadas de acceso a sus obras y a sus prestaciones intelectuales. Esta realidad conlleva, a su vez, la extensión de la correlativa obligación de compensar de forma equitativa a los autores por el perjuicio soportado. La respuesta española a este reto de retribuir la creatividad en la era digital fue el canon.

En líneas generales la Sentencia respalda y confirma la adecuación del sistema de canon digital a la normativa comunitaria. Así, se confirma que la realización de copias privadas de obras sin la autorización del titular causa un perjuicio al autor que debe ser compensado. El Tribunal de Justicia tampoco considera contrario a Derecho que la normativa española exija el pago de ese canon digital a los fabricantes y distribuidores de los equipos, dispositivos y soportes idóneos para realizar dichas copias privadas. Por tanto, la exigibilidad de una compensación equitativa que satisfaga a los creadores por la utilización privativa de sus creaciones responde a los dictados de las Directivas comunitarias.

Javier Cremades, abogado. Presidente del bufete Cremades & Calvo-Sotelo.

Más información: ElPaís.com

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